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El sistema de “bonus” que premia a las empresas que reduzcan su siniestralidad laboral ya es una realidad. El incentivo consiste en una devolución del 5% o del 10% del importe de las cuotas satisfechas por la empresa a la Seguridad Social por contingencias profesionales (RD 404/2010, de 31.03.10; BOE de 01.04.10).

Pueden optar al incentivo todas las empresas que reúnan los requisitos. Sin embargo, de cara a conseguir el incentivo esta normativa establece que cada “empresa” no es la titular de un NIF independiente, sino que considera “empresa” al conjunto de todos los Códigos de Cuenta de Cotización (CCC) que corresponden a la misma y que tengan el mismo código de actividad a efectos de cotización por contingencias profesionales. Es decir, un mismo NIF tendrá tantas “empresas” como diferentes CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) tenga asignados.

Teniendo en cuenta esta definición de “empresa”, el RD establece que las empresas que hayan cotizado por contingencias profesionales más de 5.000 euros para un código CNAE durante el año 2009, podrán recibir este mismo año 2010 el incentivo correspondiente al año pasado. Para aquellas empresas que no hayan superado los 5.000 euros de cotización durante el año 2009, la norma establece que podrán beneficiarse del “bonus” siempre y cuando hayan cotizado como mínimo 250 euros para un código CNAE, a lo largo de hasta cuatro ejercicios consecutivos. Por lo tanto, si su empresa no ha cotizado por contingencias profesionales al menos 250 euros en un periodo de cuatro años, no tiene derecho a recibir ningún incentivo.

Ahora bien, el RD deja cuestiones importantes sin desarrollar que están creando confusión en el sector. A día de hoy, todavía queda pendiente de determinar el tipo de inversiones en prevención de riesgos laborales que van a ser incentivadas y también faltan por establecer los índices de siniestralidad laboral que no deben ser superados para poder optar al incentivo.

En el último número de PractiLetter PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES podrá conocer algunos consejos prácticos que le ayudarán a decidir si realmente le interesa –o no- pedir su “bonus”, porque el importe del incentivo podría ser decepcionante para muchas empresas, y desde luego no compensar a todas los trámites para lograrlo. Pinche aquí para seguir leyendo lo que no contó el Gobierno al presentar el sistema ni le está contando su mutua.

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