El Congreso de los Diputados ha aprobado la prestación para trabajadores autónomos por cese de actividad. De esta forma tendrán derecho a la protección los trabajadores por cuenta propia que coticen por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, lo que incluye a cerca de un millón de autónomos que tienen que hacerlo obligatoriamente (por ser económicamente dependientes o por desarrollar actividades con un mayor riesgo de siniestralidad) y a otro medio millón que lo hacen de forma voluntaria. A diferencia de los desempleados del régimen general, cuya prestación se puede alargar hasta los dos años, para los trabajadores afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) el máximo será de 12 meses para los que hayan cotizado más de 47 meses. El autónomo que pierda su actividad tendrá derecho a recibir una paga mensual que ascenderá al 70% de su base de cotización, una vez que haya demostrado que el cese ha sido involuntario.







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