La Reforma Laboral ha introducido un cambio relevante que afecta a la prevención de riesgos laborales, y es que autoriza a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) a prestar sus servicios en algunos sectores hasta ahora excluidos por su especial peligrosidad para la seguridad y salud de los trabajadores.
Antes del 31 de diciembre de 2010 se tendrá que negociar mediante acuerdos interprofesionales o convenios colectivos qué limitaciones a la contratación de las ETTs se van a establecer en puestos concretos de esos sectores. Y a partir del 1 de enero de 2011 se suprimen todas las restricciones que tenían las ETTs en esos sectores, pero respetando las limitaciones que se hayan acordado en los meses anteriores.
Descárguese ahora gratis las 25 claves de la Reforma Laboral (Ley 35/2010)
¡Atención! Para poder gestionar adecuadamente la política preventiva de su empresa, usted tiene que estar al tanto de todas las novedades en la normativa legal. Suscríbase a PractiLetter PREVENCIÓN de RIESGOS y estará al día en todo lo que a prevención de riesgos se refiere. Para que lo compruebe los primeros quince días de su suscripción son a prueba.







Escribir comentarios