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Todas las empresas tienen la obligación de diseñar un plan de emergencias que determine el procedimiento que se debe seguir si se produce una emergencia.
Para elaborar este plan, que tiene que tener en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma (visitas, clientes, proveedores, etc.), su empresa debe analizar las posibles situaciones de emergencia que pueden llegar a producirse (conato, emergencia parcial y emergencia total), para adoptar las medidas necesarias en materia de evacuación, lucha contra incendios y primeros auxilios.
Una vez identificadas las posibles situaciones de riesgo, su empresa deberá determinar el procedimiento de actuación que se debe seguir en cada caso, así como designar al personal encargado de ponerlo en práctica (equipo de emergencias) y comprobar periódicamente su correcto funcionamiento. Este personal (cuyo número dependerá del tamaño de la empresa y de la plantilla) debe tener la formación necesaria y disponer del material adecuado (art. 20 de la LPRL). Es decir, el plan de actuaciones debe determinar: ¿quién lo hará?, ¿qué hará?, ¿cuándo lo hará? y ¿cómo lo hará?
El contenido mínimo que debe incluir el plan de emergencias de su empresa, además de detallar las posibles situaciones de emergencia que pueden darse, el procedimiento que se debe seguir en cada caso y los medios humanos disponibles para actuar, también debe establecer los medios materiales necesarios para gestionar correctamente una situación de este tipo. Estos medios son los siguientes:
  • Plano de situación y emplazamiento del edificio.
  • Plano de cada planta del edificio.
  • Medios de protección disponibles (ubicación de todos los medios con los que cuenta la empresa, por ejemplo, los de extinción).
  • Ubicación del botiquín con un inventario de su contenido.
  • Detalle de las vías de evacuación.
  • Punto de concentración (lugar en el que se reunirán los trabajadores tras la evacuación y se pasará lista).
  • Sistemas de alarma o aviso.
  • Recursos externos (por ejemplo, un directorio telefónico de emergencias).
  • Listado con el personal de emergencias y los procedimientos de actuación que deben seguir cada uno de ellos.
  • Consignas de seguridad para todo el personal.
¡Atención!Tenga en cuenta, por si es su caso, que diversos sectores de actividad deben cumplir una legislación específica en materia de emergencias y evacuación, por la especial peligrosidad de la actividad que desarrollan. En PractiLetter PREVENCIÓN de RIESGOS LABORALES cada mes tratamos temas sobre seguridad en el trabajo, ergonomía y psicosociología, higiene industrial y medicina del trabajo. PractiLetter PREVENCIÓN es una publicación que número tras número le da a conocer la información práctica que usted necesitapara cumplir, sin gran esfuerzo y de forma eficaz, sus obligaciones en materia preventiva. Suscríbase a Practiletter PREVENCIÓN y recuerde que los 15 primeros días son a prueba.

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    1. Comentarios

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